Blog Post

Red Castilla > Uncategorized > Castilla y León extenderá la bonificación del Impuesto de Sucesiones a hermanos, tíos y sobrinos: las nuevas medidas fiscales

Castilla y León extenderá la bonificación del Impuesto de Sucesiones a hermanos, tíos y sobrinos: las nuevas medidas fiscales

Castilla y León extenderá la bonificación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a hermanos, tíos y sobrinos. Así, a partir del 2027, será del 3% sobre los primeros 100.000 euros que reciba cada heredero. Esta medida, que busca facilitar la aceptación de herencias y donaciones entre familiares, forma parte de un paquete de rebajas tributarias presentado a principios de septiembre por el presidente, Alfonso Fernández Mañueco, y el vicepresidente primero y consejero de Desregulación, Familia y Ayudas Sociales, Carlos Pollán.

El Ejecutivo autonómico prevé introducir más de una treintena de nuevas rebajas tributarias dirigidas a familias, jóvenes, emprendedores y vecinos de las zonas rurales. También habrá incentivos relacionados con vivienda. Y no solo eso. La reforma contempla una rebaja del IRPF para todos los contribuyentes. El tipo mínimo autonómico pasará del 9 al 8,75% en 2027, con el objetivo de que alcance el 8% al final de la legislatura.

De la deducciones por gimnasio a la ‘Cuenta Ahorro’

Una de las principales novedades es la creación de la ‘Cuenta Ahorro Vivienda Joven’, destinada a menores de 40 años. Permitirá aplicar una deducción de hasta 1.500 euros al año durante cinco años, siempre que los fondos se destinen a la compra de una vivienda. Además, se aplicará una reducción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales por la compra de la primera casa, que será de un 3,75% para jóvenes, personas con discapacidad, familias numerosas, víctimas de violencia machista y compradores de vivienda protegida.

La Junta también creará una deducción de hasta 150 euros en el IRPF por las cuotas de gimnasios y determinadas actividades deportivas. Además, se establecerá una deducción de hasta 600 euros anuales por cada vivienda vacía que se incorpore al mercado, siempre que se alquile por un máximo de 750 euros mensuales en el medio urbano o de 500 euros en el medio rural.

La reforma amplía también el alcance territorial de determinados beneficios fiscales en el medio rural. El límite de población de los municipios beneficiarios pasará de 10.000 a 20.000 habitantes, lo que permitirá extender estas ventajas al 97% de los municipios de la región. Y aumentará de 150.000 a 200.000 euros el límite del valor de la vivienda habitual para acceder a determinados beneficios fiscales.

Deducciones para los municipios rurales

La Junta prevé también mejorar las deducciones por nacimiento o adopción en municipios rurales, así como las vinculadas al alquiler y a la rehabilitación de inmuebles destinados al alquiler asequible. Además, se eliminarán determinados gravámenes en el medio rural para la compra de primera vivienda habitual, con independencia de la edad del comprador, así como para la adquisición de inmuebles destinados a actividades económicas y determinadas operaciones relacionadas con explotaciones agrarias prioritarias.

El paquete tributario incluye un aumento de las deducciones autonómicas por nacimiento o adopción. En 2027 serán de 1.050 euros por el primer hijo, 1.550 euros por el segundo y 2.400 euros por el tercero y siguientes. Estas cantidades se duplicarán cuando el nacido o adoptado tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33%. También se incrementarán las deducciones para personas con discapacidad, hasta 325 o 700 euros en función del grado de discapacidad y la edad del contribuyente, además de crearse una nueva deducción específica para sus descendientes.

La reforma fiscal contempla medidas para favorecer la continuidad de negocios y explotaciones agrarias. El programa Relevacyl reducirá el tipo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales para la adquisición de inmuebles vinculados a un negocio del 8 al 7%, mientras que el tipo de Actos Jurídicos Documentados bajará al 1%. En el ámbito agrario, la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por la adquisición de explotaciones agrarias se ampliará a determinados familiares colaterales de cuarto grado por consanguinidad y a trabajadores asalariados de la propia explotación que cumplan los requisitos establecidos.