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Condenado a 23 años de cárcel un hombre por una violación grupal a una mujer con discapacidad en un parque de Valladolid

La Audiencia de Valladolid ha impuesto penas que suman 23 años y 6 meses de prisión a un hombre por agredir sexualmente con otras personas a una mujer que presenta una discapacidad del 59 % durante la madrugada del 30 de agosto de 2023 en el parque Fuente de la Salud de la capital vallisoletana.

El juicio se celebró el pasado 13 de octubre a puerta cerrada y en principio fueron investigados hechos cometidos por siete personas. En esa fecha solo se sentó en el banquillo el procesado ya que otras dos personas investigadas son menores y ya fueron juzgadas, otro es inimputable, a otro posible autor no le reconoció la víctima y los otros dos supuestos participantes no han sido identificados, según explicaron a EFE fuentes jurídicas tras la vista.

23 años y 6 meses de cárcel más 10 de libertad vigilada

La sentencia, facilitada por fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, establece en concreto quince años de prisión para el acusado como coautor de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal —violación—, cometido mediante violencia e intimidación, con actuación conjunta de varias personas, acompañado de actos particularmente degradantes o vejatorios y sobre persona en situación de especial vulnerabilidad por su discapacidad.

Por un delito de utilización de persona con discapacidad necesitada de especial protección para elaborar material pornográfico, con la circunstancia agravada de representación de violencia física o sexual, el tribunal fija seis años de prisión.

La resolución judicial impone también dos años y seis meses de prisión por un delito de robo con intimidación y, entre otras medidas, libertad vigilada durante diez años e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad, retribuidos o no, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad por un periodo de veinte años.

La perjudicada, sola, rodeada por varios varones, atemorizada porque pudieran estar armados y condicionada por los vejaciones y humillaciones ejercidas y su especial vulnerabilidad, quedó privada de una posibilidad real y efectiva de abandonar el lugar o de oponerse libremente a las exigencias del grupo, explica la sentencia.

El tribunal establece que el acusado contribuyó decisivamente a crear y mantener la situación intimidatoria, convocó a otros partícipes, impidió que la víctima abandonara el lugar y participó personalmente en las agresiones sexuales durante unas dos horas.

En ese tiempo, el procesado utilizó su teléfono móvil para realizar dos grabaciones en las que se recogían de forma explícita las actuaciones realizadas contra la mujer.